Calculadora

Calculadora del impuesto de no residentes por una vivienda en España

Ejercicio 2026, normas leídas el 15 de octubre de 2026 en los textos consolidados del BOE.

En resumen

Un no residente que tiene una vivienda en España sin alquilarla paga impuesto por una renta imputada del 2 % de su valor catastral (1,1 % si los valores se revisaron recientemente): con un valor catastral de 100.000 €, son 2.000 € de renta y 480 € de impuesto al año al 24 % para un residente en el Reino Unido, Canadá o EE. UU. Un residente en la UE o el EEE paga el 19 %: 380 €. Con el tipo del 1,1 %, el propietario residente en el Reino Unido, Canadá o EE. UU. paga 264 €.

Calculadora

Calcula el impuesto de no residentes por una vivienda que no alquilas

Para una vivienda de uso propio o vacía, propiedad de una persona física que no es residente fiscal en España.

Renta imputada2.000 €
Tipo de gravamen24 %
Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR)480,00 €

Renta imputada = valor catastral × 2 % (o 1,1 % si los valores del municipio se revisaron en un procedimiento de valoración colectiva de carácter general en vigor en el ejercicio o en los diez anteriores) × días de propiedad ÷ 365 × tu parte. Impuesto = renta imputada × 24 % (19 % para residentes en la UE/EEE). Se declara con el modelo 210. No se cubre: una vivienda alquilada (se grava el alquiler), las viviendas sin valor catastral ni la escala de 2027 anunciada por el Real Decreto-ley 29/2026.

Lo que cambia a continuación

Para 2026, el Real Decreto-ley 29/2026 extiende el tipo del 1,1 % a los municipios cuyos valores se revisaron a partir del 1 de enero de 2012 (disposición adicional 55 de la Ley 35/2006), a reserva de su convalidación por las Cortes. A partir del 1 de enero de 2027, el Real Decreto-ley 29/2026 (art. 6) sustituye la regla del 2 %/1,1 % por una escala del 1,1 % al 3 % sobre la suma de los valores catastrales, a reserva de su convalidación por las Cortes; los textos leídos no resuelven su aplicación a los no residentes.

Información general tomada de las fuentes oficiales citadas y fechadas en esta página. No es asesoría jurídica, fiscal ni financiera: para tu situación, consulta a un profesional autorizado.

Fuentes