En resumen
Un no residente que tiene una vivienda en España sin alquilarla paga impuesto por una renta imputada del 2 % de su valor catastral (1,1 % si los valores se revisaron recientemente): con un valor catastral de 100.000 €, son 2.000 € de renta y 480 € de impuesto al año al 24 % para un residente en el Reino Unido, Canadá o EE. UU. Un residente en la UE o el EEE paga el 19 %: 380 €. Con el tipo del 1,1 %, el propietario residente en el Reino Unido, Canadá o EE. UU. paga 264 €.
Lo que cambia a continuación
Para 2026, el Real Decreto-ley 29/2026 extiende el tipo del 1,1 % a los municipios cuyos valores se revisaron a partir del 1 de enero de 2012 (disposición adicional 55 de la Ley 35/2006), a reserva de su convalidación por las Cortes. A partir del 1 de enero de 2027, el Real Decreto-ley 29/2026 (art. 6) sustituye la regla del 2 %/1,1 % por una escala del 1,1 % al 3 % sobre la suma de los valores catastrales, a reserva de su convalidación por las Cortes; los textos leídos no resuelven su aplicación a los no residentes.
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